Acercándonos más a los maestros especialistas
en Educación Especial, o maestros de PT (Pedagogía Terapéutica)
ALUMNADO Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO:
La determinación del alumnado que es atendido por las PT se realiza en función del Informe
En nuestro centro, somos dos maestras y media de PT y una maestra de Ay L (Audición y Lenguaje).
CONCLUSIÓN:
La educación especial en un Instituto de Enseñanza Secundaria es muy distinta a la que se practica en un colegio de Primaria, y mucho más a la que se lleva a cabo en un centro específico.
Los alumnos son más autónomos, tienen mayor competencia curricular y sus n.e.a.e son, consecuentemente, de otra naturaleza.
He tenido la suerte de trabajar en todas las modalidades existentes, y de todas guardo el recuerdo de unas experiencias maravillosas.
Lo que te regala nuestra profesión al permitirte estar en contacto directo con los alumnos, conocerlos en profundidad (ya que pasamos muchas horas trabajando con grupos reducidos), acercarte a ellos y vivir la experiencia educativa desde esa posición privilegiada, es indescriptible.
Hay mucho camino por recorrer y mucho en lo que mejorar, pero estoy completamente abierta a recibir e incorporar todo aquello que mejore el proceso educativo de mis alumnos y enriquezca mi trabajo.
BIBLIOGRAFÍA Y WEBGRAFÍAS:
http://mestreacasa.gva.es/c/document_library/get_file?folderId=500015072726&name=DLFE-978583.pdf
Se trata de entender que la igualdad educativa no se logra
ofreciendo lo mismo a todos los alumnos, sino a cada cual aquello que necesita.
El maestro de educación especial, especialista en Pedagogía
Terapéutica, facilita en el centro escolar, gracias a su formación, la atención
a los alumnos con NEE mediante el ajuste de la respuesta educativa a las necesidades
que presentan los alumnos con dificultades de aprendizaje y la colaboración
directa con los profesores tutores de estos alumnos.
Así, nuestra labor principal
es proporcionar a los alumnos con n.e.a.e el refuerzo pedagógico y el soporte intenso
para su proceso educativo.
¿Quién Alumnado
con NEAE y alumnado con NEE?
Son dos conceptos que provienen de la LOE, en sus artículos
71 a 79 bis, y que han sido modificados en parte por la LOMCE, en el apartado
57. Vamos a ver qué son cada uno de los conceptos, la diferencia que existe
entre ellos y las implicaciones prácticas que puede tener:
Alumnado con Necesidades
especiales de apoyo educativo (ACNEAE o NEAE). Alumnado que requiere una
atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades
educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, por
sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema
educativo, o por condiciones personales o historia escolar.
Alumnado con
Necesidades educativas especiales (ACNEE o NEE). Alumno que requiera, en un
periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y
atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves
de la conducta.
¿Qué relación tienen
ambos conceptos?
Las NEE se incluyen y forman parte de las NEAE, es decir,
todas las NEE son también NEAE, pero no todas las NEAE son NEE.
¿En qué se
diferencian?
NEAE requieren un informe Psicopedagógico y NEE requiere
este informe más el dictamen de escolarización.
Alumnado con NEAE siempre están en modalidades de
escolarización dentro de un centro ordinario, mientras, alumnado con NEE
disponen también de la modalidad de centro de educación especial y la modalidad
combinada.
Alumnado con NEE suelen tener una adaptación curricular
individualizada y significativa (ACIS), los alumnos con NEAE tienen una
adaptación con referencia en los contenidos y criterios de su grupo o nivel.
La promoción del alumnado con NEAE sigue los mismos
criterios que el resto del alumnado de su nivel, mientras, alumnado con NEE
para promocionar o no se siguen dos criterios claros, si es beneficioso para su
inclusión social y si la permanencia un año más le garantiza el logro de
objetivos generales de la etapa.
La dotación de recursos de apoyo especializado depende del
número de alumnos/as con NEE escolarizados/as
en el centro.
FUNCIONES:
Actualmente, las funciones de los PT quedan recogidas en el
apartado 6 del artículo 81, de la Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, que
regula la ordenación de la educación del ANEAE y los servicios de orientación
educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, en las ciudades
de Ceuta y Melilla.
6. Los maestros y maestras de las especialidades de
pedagogía terapéutica y de audición y lenguaje y los profesores que realicen
funciones de apoyo al alumnado con necesidad de apoyo educativo o al que
presente graves carencias en lengua castellana o en sus competencias o
conocimientos básicos realizarán las funciones siguientes:
a) Colaborar con los departamentos didácticos y las juntas
de profesores, en la prevención, detección y valoración de problemas de
aprendizaje, en las medidas de flexibilización organizativa, así como en la
planificación y elaboración de propuestas de criterios y procedimientos para
desarrollar las adaptaciones curriculares.
b) Realizar actividades educativas de apoyo para el alumnado
que presenta necesidades educativas especiales, para el alumnado que siga
programas específicos, o para aquellos que presenten graves carencias en lengua
castellana o en sus competencias o conocimientos básicos, colaborando con el
profesor en el aula o a través del asesoramiento y colaboración con el
profesorado de los departamentos didácticos, cuando la especificidad de los
contenidos u otras circunstancias así lo aconsejen.
c) Además de las funciones señaladas en los párrafos
anteriores, los maestros y maestras de las especialidades de pedagogía
terapéutica y de audición y lenguaje elaborarán, conjuntamente con los
correspondientes departamentos didácticos, la propuesta de criterios y procedimientos
para desarrollar las adaptaciones curriculares apropiadas al alumnado que
presenta necesidades educativas especiales.
Aunque la responsabilidad última en la realización de dicha
ac. Recae sobre el tutor y/o especialistas, como leemos a continuación:
( Art.7.9. Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, por la que se
regula la ordenación de la educación del alumnado con necesidad de apoyo
educativo y se regulan los servicios de orientación educativa en el ámbito de
gestión del Ministerio deEducación, en las ciudades de Ceuta y Melilla):
La aplicación de las
adaptaciones curriculares será responsabilidad del profesor del área o materia
correspondiente, pudiendo contar con la colaboración de otros profesionales que
participan en la atención al alumnado y con el asesoramiento de los servicios
de orientación.
Atención a la diversidad desde los equipos docentes
Los equipos docentes diseñarán y aplicarán las medidas
organizativas y curriculares para atender la diversidad del alumnado. La
Comisión de Coordinación Pedagógica elaborará la propuesta de criterios y procedimientos
para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas al alumnado con
necesidades específicas de apoyo educativo. Además, coordinarán los planes de
refuerzo y apoyo para el alumnado con dificultades de aprendizaje.
Los tutores atenderán las dificultades de aprendizaje del
alumnado y procederán a la adecuación personal del currículo.
INTERVENCIÓN:
La labor del PT se puede dar de modo directo o indirecto
según el destinatario primero de la atención:
-
Consideramos apoyo indirecto todas aquellas ayudas y orientaciones que
el maestro de PT, como especialista, puede aportar a otros profesionales,
docentes o no, y a la familia. Pueden consistir en: información sobre
características de la discapacidad, propuestas de organización del aula o
espacios comunes, sugerencias sobre adecuación de material didáctico,
recomendaciones acerca de la integración en tiempos de ocio,...
- Por otra
parte, entendemos apoyo directo como la atención más o menos sistemática con el
alumno/a, de forma individual o grupal, bien dentro o fuera del aula.
- El trabajo
en el aula de referencia puede contemplarse en grupo grande, pequeño o
individual. El gran grupo permite desarrollar la convivencia, comunicar
descubrimientos y experiencias, debiendo el profesor coordinar, dinamizar y
sintetizar. El grupo pequeño permite la recogida, elaboración e intercambio de
datos en trabajos conjuntos, debiendo el profesor guiar y orientar. El trabajo
individual permite adaptar al máximo el currículo a las necesidades
específicas, el profesor apoya y refuerza los aprendizajes.
En nuestro centro, hasta el momento y dado los agrupamientos
de nuestros alumnos, se trabaja de forma más adecuada en el aula de apoyo. El
horario de apoyo no deberá coincidir con el de aquellas áreas en las que los
alumnos se encuentren más integrados por ser capaces de realizar las
actividades que en ellas se desarrollan.
Los agrupamientos se
deberían realizar en función de su competencia curricular y del tipo de
dificultades de aprendizaje que presenten.
La atención de los alumnos con NEE, es una labor del centro,
que tiene que ser asumida por todos, no solo por el PT .Por lo tanto, hay que
establecer unos criterios generales de funcionamiento y una coordinación permanente
para que el trabajo con los AcNEE sea coherente e integrador.
ALUMNADO Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO:
Al alumnado con necesidad especifica de apoyo educativo
(n.e.a.e.)
Entre ellos podemos encontrar las siguientes casuísticas:
1. Alumnado con n.e.e. derivadas de discapacidad o TGC en
aula específica de E.E (sólo en centros de EE)
2. Alumnado con n.e.e. derivadas de discapacidad o TGC en
aula ordinaria
3. Alumnado con n.e.a.e. derivadas de altas capacidades
4. Alumnado con n.e.a.e. derivadas de dificultades
específicas de aprendizaje
5. N.e.a.e. en alumnado de incorporación tardía al sistema
educativo
6. Otras necesidades específicas de apoyo educativo
derivadas de condiciones personales o de historia escolar (con informe
psicopedagógico)
7. Alumnado con dificultades de lenguaje que recibe atención
logopédica
La determinación del alumnado que es atendido por las PT se realiza en función del Informe
Psicopedagógico realizado por parte de la Orientador/a
Educativo que atiende las
necesidades del Centro (sin son alumnos que no se habían
evaluado antes), o ya bien establecida por una evaluación realizada en la etapa
de EI o EP.
Existen dos procedimientos de actuación a la hora de intervenir las especialistas de Pedagogía terapéutica:
- En los casos de alumnos de nueva incorporación al centro, que llegan con un dictamen de escolarización, con un informe en el que se especifica el recurso personal de PT o procedentes de otros centros donde ya recibían la atención pedagógica de la PT, la asignación de las sesiones se realiza directamente.
- En los casos de alumnos escolarizados en el propio centro, en los que el tutor/a o los padres detectan dificultades de aprendizaje, se concierta una cita con el orientador educativo, quién, después de evaluarlos, determinará la necesidad o no de incorporarlos al programa de apoyo.
En nuestro centro, somos dos maestras y media de PT y una maestra de Ay L (Audición y Lenguaje).
Así, se atiende las
necesidades en el área de lengua castellana, y las necesidades en el área de
matemáticas, se lleva a cabo un programa de Ed. Emocional, se atienden las
n.e.a.e y los trastornos del lenguaje de las que se encarga la maestra de Ay L.
La intervención de las maestras de PT suele hacerse fuera
del aula ordinaria y difícilmente superan las cinco sesiones semanales de
promedio (salvo casos excepcionales).
Para informar a las familias, el Centro dispone de un
boletín de notas, al que se adjunta un
informe que detalla, a nivel cualitativo, los avances y retrocesos del
alumnado. Así como, las orientaciones educativas que se consideran necesarias
para trabajar en el contexto familiar.
A propuesta de las PT, oído el equipo docente y con el visto
bueno del orientador/a, se dan las correspondientes altas al alumnado que
supera sus n.e.a.e., informando a sus familiares de los criterios que han
motivado dicha decisión.
CONCLUSIÓN:
La educación especial en un Instituto de Enseñanza Secundaria es muy distinta a la que se practica en un colegio de Primaria, y mucho más a la que se lleva a cabo en un centro específico.
Los alumnos son más autónomos, tienen mayor competencia curricular y sus n.e.a.e son, consecuentemente, de otra naturaleza.
He tenido la suerte de trabajar en todas las modalidades existentes, y de todas guardo el recuerdo de unas experiencias maravillosas.
Lo que te regala nuestra profesión al permitirte estar en contacto directo con los alumnos, conocerlos en profundidad (ya que pasamos muchas horas trabajando con grupos reducidos), acercarte a ellos y vivir la experiencia educativa desde esa posición privilegiada, es indescriptible.
Hay mucho camino por recorrer y mucho en lo que mejorar, pero estoy completamente abierta a recibir e incorporar todo aquello que mejore el proceso educativo de mis alumnos y enriquezca mi trabajo.
Comparsa dedicada a los educadores, especialmente los de EE.
Gortázar, A. El profesor de apoyo en la escuela ordinaria.
En MARCHESI, A., COLL,C., y LÓPEZ, N. (2003): Orientación escolar y tutoría
para las diferentes etapas de la educación. Granada, Grupo Editorial
Universitario.
Resolución de 15 de junio de 1989
Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo
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